NOTICIA; IFT; ALTA PARTICIPACIÓN DE MERCADO NO IMPLICA PODER SUSTANCIAL2
El día viernes por la tarde el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que Grupo Televisa no es un agente económico con poder sustancial en el mercado de televisión de paga. Esta decisión se basa en los parámetros establecidos por el mismo organismo (Ver “SUSTENTOS EN LA DECISION”) Televisa no forma parte de nuestra lista de emisoras Favoritas, Comodines y/o en El Radar. El Precio Objetivo de consenso para 2016 de P$. 107.1 implica un potencial de 21% vs 17% del IPyC para el mismo periodo.

IMPACTO DE LA NOTICIA; POSITIVA, SIN PRESION EN LOS MARGENES
Consideramos esta noticia como positiva dado que Televisa no se verá forzado a cumplir con las obligaciones que el IFT pudiera establecer a los agentes económicos con poder sustancial. Si bien el IFT nunca mencionó mayor detalle sobre las posibles obligaciones, se consideraban modificaciones en tarifas y condiciones de servicio, cuyos efectos se verían reflejados directamente en una disminución de ingresos en el caso de las tarifas o en mayores gastos operativos para las segundas .En el caso de ambas medidas tendría una mayor presión tanto en sus márgenes EBITDA como Neto,

SUSTENTOS EN LA DECISIÓN
En base a los criterios establecidos por el artículo 59 de la Ley Federal de Competencia Económica, para que un agente económico cuente con poder sustancial se deben acreditar su poder para fijar precios o restringir el abasto del servicio sin que sus competidores puedan contrarrestar dicho poder. Esta característica de acuerdo al IFT no se le contribuye a Televisa pese a su alta participación del mercado.

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